El poder vs. el poder: el Dr. Ramón Flores Carrillo analiza en septiembre de 2009 la criminalización del prefecto Richard Blanco, quien fue acusado de un delito inventado tras proteger a un funcionario policial durante una marcha opositora. Caso emblemático de instrumentalización política del derecho penal en Venezuela.
Columna del Dr. Ramón Flores Carrillo originalmente publicada el 3 de septiembre de 2009
El prefecto de Caracas, Richard Blanco, es un reconocido trabajador social que, previo a tener el cargo que ostenta, había sido presidente del Cementerio General del Sur, dirigente vecinal, precandidato a la alcaldía Libertador, y luego de ganar la Alcaldía Metropolitana Antonio Ledezma, fue nombrado Prefecto de Caracas.
Cargo que le correspondió ejercer en condiciones precarias, sin estructura física de las veintidós jefaturas civiles, sin recursos y sin organismos policiales. Hecho público, notorio y comunicacional, todo gracias a una ley que crea la figura del distrito metropolitano, nombrada a dedo por el ejecutivo nacional. Sin embargo, al igual que su jefe directo, el alcalde, hizo caso omiso a la adversidad y contra todos los propósitos enfrentaron los retos que significa gobernar la capital de la República, controlada por la «revolución», la anarquía, la delincuencia, ineficiencia, etc.
El poder vs. el poder: el delito inventado
Es un caso inédito, qué ironía, con la facultad que implicaba ser la máxima autoridad civil y política del municipio, según la otrora Ley Orgánica del Distrito Federal. Hoy es inventado un delito, resquebrajándose el artículo 1 del Código Penal, el principio de la legalidad, el «nullum crimen, nulla poena sine lege», el cual significa no existe delito si no hay una ley penal previa.
El joven policía que el prefecto protegió, como lo demuestran todos los videos y fotografías, evidencian que el prefecto no solo cumplió con su deber de alto funcionario, sino el de ciudadano, ya que este policía pudo haber sido golpeado al encontrarse en labores de «inteligencia», confundido con la marcha opositora. Qué tal si Richard Blanco no protege y salvaguarda al joven Jonathan Bermúdez. Allí sí estaría cometiendo un delito por omisión o complicidad.
Además, el otro delito que se le imputa es el de instigación a delinquir… ¿Dónde? ¿En la marcha?…
La criminalización de la disidencia política
¿Dónde están las pruebas? No las hay. Todo es un montaje para reprimir y criminalizar la disidencia, meterle miedo a la oposición seria, vulnerar el derecho a protestar. Pero no lo lograrán.
Venezuela es un país de valientes, al igual que esos once trabajadores de la Alcaldía Metropolitana de Caracas, que lo que hacían era reclamar sus derechos adquiridos y protestar pacíficamente, siendo reprimidos por los organismos policiales y cobardemente los aprehendieron y presentaron ante jueces y fiscales. Recordemos que existe y no es un misterio para nadie un secuestro de los poderes públicos.
Vendrán nuevos escenarios y el país tendrá que cambiar. Es un derecho constitucional y democrático el salir a exponer pacíficamente los desacuerdos del pueblo contra un régimen opresor.
El derecho a protestar como derecho constitucional
Vendrán nuevos escenarios y el país tendrá que cambiar. Es un derecho constitucional y democrático el salir a exponer pacíficamente los desacuerdos del pueblo contra un régimen opresor.
El caso del prefecto Richard Blanco se inscribe en el patrón documentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: la instrumentalización del derecho penal venezolano para silenciar la disidencia política. La defensa de Blanco constituye una causa internacional de derechos humanos.
Ramón Flores Carrillo
Vicepresidente de la Comisión de los DDHH de la FIA











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